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domingo, 3 de septiembre de 2017

Derecho de los animales. (Seres sintientes)















A casi 40 años de debate sobre si deben o no contar con derechos los animales “no humanos” término no claro hasta este momento.  Aún sigue dicho debate, ya que este se torna alrededor de si es objeto o sujeto de derecho basándose en sus categorías: si es de compañía, si es de consumo, si es de trabajo, si es de fauna feral, si es parte del ecosistema y si ayuda al mismo etc.

La teoría animalista nos promueve el respeto y empatía por los seres vivos o sintientes; la teoría utilitarista nos dice que los animales merecen consideración moral, porque pueden sufrir, la teoría evolutiva nos indica que toda vida comienza a partir de una célula y debe ser preservada para el equilibrio del ecosistema, evolución y preservación de la humanidad y del planeta, mientras cuente con un código genético debe ser vigilada, protegida y preservada.

 El hecho es que toda reacción sistemática que demuestre vida, raciocinio y emocionalidad debe ser preservada y protegida. Tomando en cuenta que las plantas, también cuentan con ello.
Partiendo de estas ideologías y teorías suponemos que todo lo que represente vida celular puede producir energía y esto  se manifiesta en vida.

La Bioética y el Bioderecho sientan las bases para que los animales o seres sintientes cuenten con derechos.
 Hoy en día el filósofo Australiano Peter Singer nos habla de los deberes morales que tenemos con los animales.

Desde el punto de vista animalista los animales o mejor dicho seres sintientes cuentan con alma, voluntad, juicio, raciocinio y manejo de emociones. Los estudios en Bioantropología, Zooética Biobiología, Epigenética Psicología cuántica, y Neurociencia, arrojan que los animales sufren, se deprimen, sienten miedo, placer, amor, agradecimiento, son capaces de elegir por si mismos cuentan con capacidades mentales, pero nosotros no les permitimos elegir o actuar según su facultad, ellos son sujetos empáticos, emocionales y racionales.



En el país nos enfrentamos a un problema; los animales feurales. No todos los animales son ferales ya que ese término se les da a los animales que primero fueron domésticos y se devuelven a la vida salvaje como los perros y los gatos que abandonan en las calles, parques, bosques urbanos, etc; y después se reproducen sin control alguno adoptando conductas urañas y agresivas al perder el vínculo con los humanos.

El punto es que estos seres deben contar con derechos; bien sabido es que al no expresarse con un lenguaje “humano” se les discrimina del  mundo político y social; pero ellos  se expresan a partir de las emociones que nosotros les manifestamos y que ellos si son capaces de interpretarnos, por lo que desarrollan empatía y apego emocional hacia los humanos y hacía los de sus propia especie; desarrollando así un  código de entendimiento e intercambio de acciones y manifestaciones neurológicas basadas en su intuición, olores, sabores, emociones, sentimientos y estados energéticos de los humanos. Siendo de este modo que los humanos evolucionados en algún rango tenemos la obligación ética y moral de protegerlos.

Por lo tanto, los “animales” término que debe de cambiar, ya que la terminología etimológica de esta palabra es: soplo de vida. Soplo de vida lo tiene todo el ecosistema y la terminología de animal debe de ser reemplazada por “seres sintientes “como ya actualmente lo menciona e integra la constitución de la CDMX en su actual renovación en el artículo 13 B que hace mención a que está constitución Reconoce a los animales como seres sintientes y, por lo tanto, deben recibir trato digno.  En la Ciudad de México toda persona tiene un deber ético y obligación jurídica de respetar la vida y la integridad de los animales; estos por su naturaleza son sujetos de consideración moral, su tutela es de responsabilidad común.
 Este artículo nos da una visión clara acerca del papel que tenemos todos los que gustamos de la compañía de estos seres; en donde somos responsables de ellos siendo sus tutores para ejercer y reclamar sus derechos y respondiendo jurídicamente y socialmente si se incurre en alguna falta ya sea por nuestro descuido o por su naturaleza, ya que están bajo nuestro resguardo y somos responsables de velar por su bienestar. Aún falta mucha comprensión y entendimiento del papel que tenemos como sus tutores.




  El  punto es que entre otras cuestiones que se deben de revisar , promover y apoyar en la Constitución y  Legislación es el Derecho de los seres sintientes y el papel jurídico que nos compete como sus tutores, así como también debe de juzgarse con todo el rigor de la ley a quien trafique, comercie,  maltrate, viole, asesine, torture, sacrifique en base a un culto religioso, uso o costumbre  o secuestre a un ser sintiente o atente contra su especie( experimentos genéticos, científicos  en pro de la salud o bienestar humano o en pro de la ciencia, a quien no cumpla con los estatutos de la Zooética  referente al consumo de su carne,  trabajo ilícito no regulado en donde implique aislamiento de su hábitat (zoológicos, circos, acuarios) como “animales de trabajo” entiéndase así , para ayudar a terapias de sanación a humanos siendo presionados y maltratados, o ayudar al humano a cargar  o trasladarse siendo abusados,  a quien se beneficie de su venta, quien promueva eventos de  tipo seudoculturales como pelea de perros, corridas de toros, etc.  De antemano debe de considerarse y tomarse en cuenta que para que los “usos y costumbres” y los preceptos de “tradición” se validen en estos casos                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                           , primero se deberá de tomar en cuenta el derecho positivo y el Bioderecho; para entender hasta donde sigue siendo primordial prevalecer esta cosmovisión. Hasta donde sigue siendo útil en nuestra actualidad tomando en cuenta si es funcional, ético y alejado de la barbarie, tomando en cuenta las aportaciones positivas y repercusiones a nuestro entorno; en virtud de que un derecho de cualquier persona, nación, grupo étnico o religioso o cultural termina en cuanto se agrede al derecho del otro.

Del mismo modo debe de juzgarse conforme a derecho a todo aquel que abandone a un animal que toma bajo su resguardo, así como a todo profesional de la salud de los animales que trafique o valide el sufrimiento y la tortura de los mismos en pro de la ciencia. A quien permita su reproducción sin control y sin responsabilidad.
Sin duda es un tema sumamente polémico, pero de carácter imperante ya que su regulación y legislación nos atañe a la sociedad y al mundo en general.

“Llegará un día en que matar a un animal sea un crimen punible al igual que matar a un humano; ese día se hablará de evolución ya que la civilización habrá avanzado.”
Leonardo Da Vinci.



 

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